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Exención IAE

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¿Qué es el IAE de una empresa?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo municipal de carácter obligatorio y real que grava de forma directa la realización de cualquier tipo de actividad económica en territorio nacional.

Actualmente, los contribuyentes efectivos del IAE (no exentos) son las sociedades y, demás entidades especificadas en la Ley General Tributaria, cuyo importe neto de la cifra de negocios sea superior a 1.000.000 de euros.

El IAE es un tributo de gestión compartida entre la Administración Tributaria del Estado, que tiene atribuida la gestión censal (elaboración del registro de contribuyentes y la clasificación de actividades), y la Administración Tributaria local, que tiene atribuida su gestión tributaria (elaboración de las liquidaciones, la recaudación y la evaluación de bonificaciones potestativas)



En la determinación de la cuota tributaria se tiene en cuenta no solo lo dispuesto en las tarifas por actividad de la clasificación de IAE, sino también la superficie de los locales en los que se realiza la actividad gravada, así como cualquier otro parámetro que determine la naturaleza de la actividad: número vehículos, número de habitaciones, etc.

Además, otros coeficientes ponderarán la cuota final teniendo en cuenta el INCN o la ubicación del local dentro del municipio en aquellas cuotas de actividad consideradas municipales.

Por último, a la cuota municipal tributaria se le puede aplicar un recargo provincial si así lo determinan las Diputaciones provinciales y demás entes autorizados.

¿Quién tiene que darse de alta en el IAE?

En general, deben darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) todas las personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica, que desarrollen actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio español.


Los sujetos pasivos que no estén exentos del impuesto están obligados a presentar declaración de alta en la matrícula. De la misma manera, aquellos incluidos en la matrícula del impuesto estarán obligados a presentar declaración mediante la que se comuniquen las variaciones de orden físico, económico o jurídico, que se produzcan en el ejercicio de las actividades gravadas y que tengan trascendencia a efectos de su tributación por este impuesto. 


Los sujetos pasivos del impuesto que cesen en el ejercicio de una actividad, por la que figuren inscritos en la matrícula, estarán obligados a presentar declaración de baja en la actividad.

Los impactos de una declaración de actividad incorrecta

El resultado de realizar una declaración incorrecta de alta, baja o variación del IAE puede suponer consecuencias financieras negativas para la empresa. Por lo tanto, es crucial llevar a cabo una declaración precisa y estar al tanto de las implicaciones fiscales relacionadas con el IAE para evitar pagos innecesarios o sanciones por parte de la Administración.

7Experts analizará todos los escenarios posibles con objeto de que la cuota de IAE refleje de manera más adecuada la realidad de la actividad ejercida, pagando lo que realmente corresponde:

01

Una actividad mal encuadrada puede suponer no solo errores en la determinación de la cuota de Tarifa, sino también riesgos por falta de declaración de todas las actividades realizadas.

02

Un exceso o defecto del cómputo de elementos tributarios puede suponer errores considerables en el cálculo de la cuota final.

03

Recuperación de ejercicios con carácter retroactivo en los casos que sea factible.

04

Determinación de riesgos de Inspección por cuotas inferiores a la realidad.

05

La revisión anual de las Ordenanzas Fiscales municipales puede suponer la aplicación de bonificaciones potestativas no consideradas anteriormente.

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  1. Análisis de Datos y Calificación del Proyecto: Incluye la recopilación y el análisis exhaustivo de la documentación necesaria para iniciar el proyecto.
  2. Análisis elementos y cálculo: Se realiza un estudio de los elementos tributarios a partir de los planos de los inmuebles estudiados, así como visitas presenciales. Con la información recopilada se hace un cálculo y se compara con las cuotas tributarias actuales.
  3. Proceso Administrativo: Nos encargamos de toda la documentación necesaria para comenzar el proceso, efectuando un acompañamiento en cada uno de los pasos a ejecutar (solicitudes, recursos, auto-declaraciones, etc.).


Si se han identificado ahorros, el proceso se acaba con la resolución estimatoria, donde se confirma los ahorros conseguidos en el impuesto.



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Preguntas frecuentes sobre el IAE

  • ¿Qué actividades económicas tributan?

    El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en España. Las actividades sujetas a tributación en el IAE incluyen:


    Actividades empresariales: Incluye actividades comerciales, industriales, de servicios y de transporte.

    Actividades profesionales: Comprende aquellas actividades que requieren una titulación específica o colegiación, como abogados, médicos, arquitectos, entre otros.

    Actividades artísticas: Abarca las actividades relacionadas con las artes escénicas, la música, el cine, la literatura, entre otras.

    Las personas físicas o jurídicas que ejercen estas actividades deben darse de alta en el IAE, aunque muchas están exentas del pago del impuesto, especialmente si su cifra de negocios es inferior a ciertos umbrales establecidos por la ley. Además, los autónomos también suelen estar exentos de pagar este impuesto.

  • ¿Cómo se calcula el importe del IAE?

    El valor catastral es establecido por las autoridades municipales y se utiliza como base para calcular el IBI. La base imponible del impuesto se determina multiplicando el valor catastral por el tipo de gravamen fijado por el municipio.

  • ¿Cuándo se debe presentar la declaración del IAE?

    La declaración del IAE se presenta anualmente durante el mes de octubre. Es importante respetar los plazos establecidos para evitar sanciones y recargos.

  • ¿Qué actividades están exentas del IAE?

    Existen ciertas actividades que están exentas del IAE, como las agrícolas, ganaderas, forestales y las profesiones liberales, entre otras. Es importante consultar la legislación vigente para conocer todas las exenciones aplicables.

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